Defensa de Auditorías de la Contraloría General del Estado y actos del sector público

Una herramienta legal que puede complicar tu defensa: El recurso de revisión contra las resoluciones de la CGE

Abg. Marcos Yánez Blum, Mgtr.

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¿Recurso de Revisión o Demanda Directa? El riesgo de una mala decisión ante la Contraloría

Cuando un servidor público o contratista del Estado es notificado con una resolución de la Contraloría General del Estado (CGE), el tiempo se convierte en el factor más crítico. En ese momento, surge la duda estratégica que definirá el éxito o fracaso de su defensa: ¿Presento un recurso de revisión o voy directamente al Tribunal Contencioso Administrativo?

Aunque la ley permite ambas vías, la práctica legal administrativa revela una realidad que muchos abogados sin experiencia pasan por alto, y que suele terminar en un callejón sin salida para el administrado, por no asesorarse con profesionales de experiencia o por tomar la vía que a prima facie, resulta la "más rápida" o la "más económica".

I. El mito del Recurso de Revisión: ¿Una "oportunidad" extra?

Hasta llegar a la etapa de la Resolución que será objeto de un recurso de revisión, generalmente los servidores o contratistas han pasado por varias fases de la auditoría de la Contraloría, que son:

1) Verificación preliminar;

2) Requerimientos de información;

3) Comunicaciones de Resultados Provisionales;

4) Borrador del Examen Especial;

5) Informe del Examen Especial;

6) Oficio de Predeterminación de Responsabilidad Administrativa o civil / Orden de reintegro;

7) Resolución Administrativa de Sanción;

Es decir que prácticamente en seis eventos previos a la resolución, la Contraloría hizo un juicio de valor de los hechos auditados que formaron su criterio del mérito de la sanción económica al destinatario, contrastados con las contestaciones, argumentos y sustentos documentales que trataron de justificar las actuaciones antes de que se fije la sanción, misma que toda vez confirmada, te dejan con dos alternativas: el Recurso de Revisión ante la misma Contraloría y la Demanda Contenciosa Administrativa ante los Tribunales de la justicia ordinaria.

Hay abogados o personas relacionadas con el sector público que te recomiendan el recurso de revisión bajo la premisa de que "no se pierde nada intentándolo" o que es "la opción más rápida", y en ocasiones, hasta el mismo notificado lo utiliza porque considera contar con el conocimiento para sustentarlo, sobre todo, puesto que la misma Contraloría lo orienta a ello en la Resolución.

Y así, al tomar la decisión de presentarlo, se comete un error grave, incluso cuando se lo presenta por cuenta propia, sin asesoría especializada.

Se debe recordar, que el recurso de revisión es resuelto por la misma Contraloría, es decir la entidad que en seis momentos previos no tomó en cuenta ninguno de los argumentos que se presentaron antes de ratificar la sanción. Entonces, ¿confiarías el destino de tu sanción económica a la misma entidad que previamente en seis ocasiones ha menospreciado todas las justificaciones que presentaste?

Y en la práctica, lamentablemente el índice de aceptación es sumamente bajo, a pesar dde  haber presentado un recurso de revisión sólido. No obstante, el problema no es solo la negativa, sino las consecuencias procesales que arrastra hacia el futuro juicio, que es la última opción disponible luego de la negativa del recurso de revisión.

II. Las dos trampas procesales del Recurso de Revisión

Nuestro ordenamiento jurídico actual permite impugnar la resolución de la Contraloría en el plazo de sesenta días con el recurso de revisión, o directamente presentar la demanda contenciosa administrativa en el término de noventa días.

Es decir, no es una obligación del servidor o contratista interponer la revisión para luego demandar ante el Tribunal, hecho que desde la perspectiva actual, resulta beneficioso para los sancionados, puesto que presentar este recurso sin una estrategia de alta precisión genera dos complicaciones graves:

  1. La Duplicidad de Actos Administrativos: Si la Contraloría rechaza tu recurso, ya no tienes un solo problema, sino dos. Al acudir al Tribunal Contencioso Administrativo, ya no impugnas únicamente la resolución original, sino también la resolución que negó la revisión. Tu defensa se vuelve más compleja, pesada y técnica.

  2. El Filtro de la Causal (El riesgo del "Fondo" de la controversia): Este es el punto más delicado. Los jueces del Tribunal tienen un criterio estricto: si impugnas la negativa de un recurso de revisión, ellos primero verificarán si justificaste correctamente la causal específica de ese recurso. Si el abogado (o el ciudadano por su cuenta) no fundamentó técnicamente esa causal, el Tribunal no analizará el fondo del problema (si hubo o no glosa, si hubo error de hecho, etc.). Simplemente declarará que el recurso estuvo mal planteado, cerrando tu caso definitivamente sin oportunidad a discutir la naturaleza de la observación o las pruebas que podrían exonerarte de la responsabilidad determinada.

III. ¿Cuándo es mejor presentar directamente la Demanda?

A menos que cuentes con un abogado con una especialización profunda en derecho administrativo que pueda garantizar una fundamentación perfecta de la causal en el recurso de revisión, la recomendación técnica experimentada es saltarse el recurso de revisión y acudir directamente a la demanda contencioso-administrativa, lo cual es perfectamente legal y procesalmente válido.

Demandar directamente la impugnación de la resolución permite:

  • Atacar directamente la legalidad del acto original.

  • Fundamentar la demanda por un solo acto de la Contraloría (la Resolución).

  • Consecuentemente, evitar que el proceso judicial consista en anular dos actos de la Contraloría (Resolución y Negativa del Recurso de Revisión).

  • Impedir que el debate judicial se desvíe hacia tecnicismos sobre si la causal del recurso de revisión fue probada o no.

  • Ahorrar tiempo y evitar el desgaste de un segundo acto del órgano de control que, con alta probabilidad, confirmaría la Resolución de la Contraloría.

Conclusión:

La defensa ante la Contraloría no es un juego de "ensayo y error". Un paso en falso en la vía administrativa puede anular tus posibilidades en la vía judicial.

Si te encuentras en esta situación y necesitas una estrategia que realmente proteja tu patrimonio y tu carrera profesional, asegúrate de contar con expertos que entiendan las reglas del juego administrativo en las auditorías de la Contraloría General del Estado cuando confirmen las sanciones administrativas o civiles culposas en las resoluciones finales.

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Hasta el final por lo legal.